REGISTRO DE PRESTADORA DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS U OBRAS ESPECIALIZADAS
La Ley Federal del Trabajo en su artículo 15 establece que las personas físicas o morales que proporcionen servicios especializados o ejecuten obras especializadas deben contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. En cumplimiento a lo anterior, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social pone a disposición la plataforma repse.stps.gob.mx , plataforma que le permite ingresar su solicitud de registro al Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas.